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??Por qu?? la jueza decidi?? imponer 12 a??os de prisi??n domiciliaria contra Uribe?: la pena fue mayor a la solicitada por la Fiscal??a
La jueza orden?? "el traslado inmediato" a su finca de Rionegro, el lugar en donde cumplir?? la sentencia.
El expresidente ??lvaro Uribe en la Corte Suprema en octubre de 2019. Foto: RAUL ARBOLEDA
El expresidente ??lvaro Uribe fue condenado a 12 a??os de prisi??n domiciliaria por su presunta determinaci??n en los delitos de soborno en actuaci??n penal y fraude procesal. La decisi??n, consignada en un fallo de 1.114 p??ginas, se conoci?? este viernes 1.?? de agosto.
La jueza Sandra Liliana Heredia orden?? el traslado inmediato del expresidente a Rionegro, donde cumplir?? la prisi??n domiciliaria bajo custodia de las autoridades.??
El expresidente ??lvaro Uribe en la Corte Suprema en octubre de 2019. Foto:EL TIEMPO.
Sustent?? su decisi??n en razones -no exentas de pol??mica- como la "preservaci??n de la convivencia pac??fica y arm??nica entre los ciudadanos" y "el reconocimiento a nivel internacional del exmandatario, por lo que le resultar??a f??cil abandonar el pa??s para eludir la sanci??n impuesta".
"Esta medida no solo tiene un efecto disuasivo e intimidatorio que previene la comisi??n de delitos, sino que tambi??n evita la percepci??n negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad, pese a una condena", agreg??.
As?? mismo, lo conden?? a 12 a??os de c??rcel, un monto mayor a los nueve a??os que pidi?? la fiscal??a durante la lectura del sentido del fallo, el pasado lunes 28 de julio.
Estas fueron las cuentas de la jueza para tasar la pena:
En cuanto al delito de soborno en actuaci??n penal, el art??culo 444 del C??digo Penal establece una sanci??n privativa de la libertad que oscila entre 6 a 12 a??os de c??rcel. Es decir, entre 74 y 144 meses de prisi??n.??
"Se tasa la sanci??n teniendo en cuenta la mayor o menor gravedad de la conducta, el da??o real o potencial creado, la naturaleza de las causales que agraven o aten??en la punibilidad, la intensidad del dolo, la preterintenci??n o la culpa concurrente, la necesidad de la pena y la funci??n que ella ha de cumplir en el caso sub examine", se lee en la condena.??
Lectura del fallo contra el ex presidente ??lvaro Uribe. Foto:MAURICIO MORENO
La jueza asegura que la modalidad de la conducta "reviste de una gravedad colosal, por la potencialidad de distorsionar la verdad, hacer incurrir en error a funcionarios judiciales del m??s alto nivel jer??rquico (las Cortes), llevando a la impunidad los los delitos o la sanci??n de inocentes y entregar beneficiosa personas que generan da??o con su comportamiento al punto de se??alar de actuaciones deshonrosas e inclusive de delitos a terceros que no tuvieron ninguna participaci??n".??
En cuanto a la pena impuesta, que excede la de la Fiscal??a y que seg??n juristas fue "desproporcionada", asegur?? que tiene como fundamento la "percepci??n de confianza en las instituciones", "que no se genere la sensaci??n de impunidad" y "para que el enjuiciado se abstenga de cometer nuevamente comportamientos delictivos".??
En cuanto al fraude procesal, el art??culo 453 del C??digo Penal, fija la pena que oscila entre 6 a 12 a??os, es decir 72 y 144 meses de prisi??n y la inhabilitaci??n para el ejercicio de derechos y funciones p??blicas de 5 a 8 a??os.
La jueza justific?? la m??xima pena en esta conducta porque "no fue solamente un acto de inducci??n en error, sino que, por diferentes medios, se busc?? generar esa consecuencia en la administraci??n de justicia".??
Fallo de la jueza Sandra Liliana Heredia contra el expresidente ??lvaro Uribe. Foto:Archivo particular
As?? mismo, en el "dolo" en el que, por la forma en la que actu?? y en su condici??n de abogado, "sab??a de lo il??cito de su comportamiento".??
"Se empecin?? en su ejecuci??n, agravando cada vez m??s las imputaciones contra aquellos servidores que se vieron indirectamente afectados, como el Fiscal, el Vicefiscal, un magistrado, un magistrado auxiliar, entre otros. Por lo tanto, considera la instancia que debe imponerse como pena m??nima para un evento de fraude procesal 94 meses de prisi??n, y, en virtud del concurso, se aumenta en 10 meses m??s, quedando en definitiva en 104 meses de prisi??n", tas?? la jueza.
La controversia
El penalista Duv??n Casta??eda asegur?? que la pena de 12 a??os de prisi??n impuesta a ??lvaro Uribe V??lez es desproporcionada. ???No hab??a necesidad de expedir una orden de captura porque no existen motivos para fundamentar la urgencia de privarlo de la libertad. Tampoco se cumplen los requisitos que ha fijado la Corte Suprema de Justicia para ordenar una captura con el fin de garantizar el cumplimiento de la sentencia???, dijo.
As?? mismo, el abogado V??ctor Mosquera rechaz?? lo que calific?? como una "privaci??n arbitraria anticipada e injusta". "Sin sentencia en firme y sin haberse resuelto el recurso de apelaci??n, se vulnera la presunci??n de inocencia. La jueza act??a con sesgo y exceso, anticipando cumplimiento de sanci??n sin control superior", agreg??.