
Explicativo
??Colombianos en el exterior deben declarar renta? Esto dice la Dian sobre el pago de este impuesto
En agosto, septiembre y octubre, m??s de seis millones de colombianos deben presentar este impuesto.
Todos los colombianos que superen los topes deben declarar renta. Foto: Jaime Moreno/El Tiempo

PERIODISTAActualizado:
LEA TAMBI??N

- Patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500.
- Ingresos brutos iguales o superiores a $65.891.000.
- Consumos con tarjetas de cr??dito iguales o superiores a $65.891.000.
- Consignaciones bancarias, dep??sitos o inversiones financieras iguales o superiores a $65.891.000.
- Compras y consumos iguales o superiores a $65.891.000.
Todos los colombianos que superen los topes deben declarar renta. Foto:Diego Caucayo/Archivo EL TIEMPO
??Deben los colombianos en el exterior declarar renta?
- Permanecer continua o discontinuamente en el pa??s por m??s de ciento ochenta y tres (183) d??as calendario incluyendo d??as de entrada y salida del pa??s, durante un periodo cualquiera de trescientos sesenta y cinco (365) d??as calendario consecutivos, en el entendido que, cuando la permanencia continua o discontinua en el pa??s recaiga sobre m??s de un a??o o per??odo gravable, se considerar?? que la persona es residente a partir del segundo a??o o periodo gravable.
- Encontrarse, por su relaci??n con el servicio exterior del Estado colombiano o con personas que se encuentran en el servicio exterior del Estado colombiano, y en virtud de las convenciones de Viena sobre relaciones diplom??ticas y consulares, exentos de tributaci??n en el pa??s en el que se encuentran en misi??n respecto de toda o parte de sus rentas y ganancias ocasionales durante el respectivo a??o o periodo gravable.
- Que su c??nyuge o compa??ero permanente no separado legalmente o sus hijos dependientes menores de edad, tengan residencia en Colombia.
- Que el cincuenta por ciento (50%) o m??s de sus ingresos sean de fuente nacional (colombiana).
- Que el cincuenta por ciento (50%) o m??s de sus bienes sean administrados en Colombia.
- Que el cincuenta por ciento (50%) o m??s de sus activos se entiendan pose??dos en Colombia.
- Que habiendo sido requeridos por la Dian para ello, no acrediten su condici??n de residentes en el exterior para efectos tributarios.
- Que tenga residencia fiscal en una jurisdicci??n calificada por el gobierno nacional como para??so fiscal.
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Todos los colombianos que superen los topes deben declarar renta. Foto:iStock
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